Salida de Mónica Soto dejará al TEPJF con tres vacantes y quórum al límite
Redacción / Grupo Cantón Radio
La renuncia de la magistrada Mónica Soto Fregoso a la Sala Superior del TEPJF dejará al órgano electoral con tres vacantes acumuladas y solo cuatro magistrados permanentes a partir de agosto de 2026.
CDMX, 17 de agosto de 2026.- La magistrada de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Mónica Soto Fregoso, anunció su renuncia al cargo tras 30 años de trayectoria en la justicia electoral. La separación formal de sus funciones se hará efectiva el 31 de agosto de 2026.
Durante el Encuentro Nacional de Magistraturas Electorales, Soto Fregoso afirmó que su decisión responde al cumplimiento de sus metas profesionales en el servicio público, concluyendo así su ciclo en la institución. La magistrada integró el pleno de la Sala Superior desde noviembre de 2016 y presidió el TEPJF de enero de 2024 a octubre de 2025, periodo en el que encabezó la calificación de la elección presidencial de 2024.
Riesgo operativo y quórum al límite
Con la partida de Soto Fregoso, el pleno del TEPJF acumulará tres vacantes pendientes, sumándose a los dos espacios que el Senado de la República no ha cubierto. Esta situación reducirá la Sala Superior a solo cuatro magistrados permanentes de los siete que fija la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
De acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (LOPJF), cuatro es el mínimo legal para que la Sala Superior pueda sesionar válidamente. La falta de integrantes reduce el margen de maniobra del tribunal, ya que la ausencia voluntaria, enfermedad o excusa por conflicto de interés de un solo magistrado dejaría al órgano sin quórum para emitir resoluciones.
Asimismo, para la calificación de elecciones presidenciales, la legislación exige la presencia de al menos seis magistraturas. Al contar únicamente con cuatro miembros permanentes, el TEPJF se verá obligado a llamar a magistrados decanos de las Salas Regionales para integrar el pleno sustituto, en tanto se define la cobertura de las vacantes en el marco de la reestructuración del Poder Judicial de la Federación (PJF).
