Corte avala nuevo reparto de plurinominales en Quintana Roo
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Corte avala nuevo reparto de plurinominales en Quintana Roo

Redacción/ Grupo Cantón Radio

La SCJN validó la reforma que elimina de la lista plurinominal a los cinco candidatos de mayoría con mayor votación entre quienes perdieron sus distritos; los partidos elegirán directamente las diez candidaturas.

Cancún, 27 de septiembre de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el nuevo modelo para integrar las listas de diputaciones de representación proporcional en Quintana Roo, con lo que desaparece el mecanismo que reservaba cinco espacios para candidatos que perdieron sus distritos, pero obtuvieron los mayores porcentajes de votación.

El Pleno analizó la reforma dentro de la Acción de Inconstitucionalidad 78/2026, promovida por Movimiento Ciudadano contra diferentes modificaciones a la Constitución Política de Quintana Roo contenidas en el Decreto 257, publicado el pasado 29 de mayo.

Antes de la reforma, los partidos integraban sus listas de representación proporcional con cinco candidaturas registradas directamente y otras cinco correspondientes a personas que habían competido por mayoría relativa sin ganar su distrito, pero que alcanzaron los mayores porcentajes de votación válida distrital.

Con el nuevo esquema, los partidos políticos registrarán directamente las diez candidaturas que conformarán la lista, bajo las reglas de paridad de género establecidas en la legislación electoral.

Movimiento Ciudadano cuestionó este cambio al considerar que eliminar el mecanismo anterior resultaba regresivo y vulneraba el principio de progresividad de los derechos humanos. Sin embargo, la Corte rechazó ese argumento.

El ministro ponente, Arístides Rodrigo Guerrero García, explicó durante la discusión que la reforma no elimina el principio de representación proporcional ni impide que las fuerzas políticas minoritarias obtengan diputaciones.

La modificación cambia, en cambio, la manera en que los partidos integran sus listas de candidaturas plurinominales, materia en la que la Corte reconoció la libertad de configuración legislativa de las entidades federativas.

Descarta Corte obligación de consulta indígena

La SCJN también analizó el argumento de que el Congreso de Quintana Roo debió realizar una consulta previa a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas antes de aprobar la reforma.

El Pleno determinó que el Congreso estatal no estaba obligado a realizar esa consulta en este caso, al considerar que las disposiciones impugnadas tienen efectos generales sobre la ciudadanía y no producen una afectación específica y diferenciada sobre esas comunidades.

Con ello, la Corte reconoció la validez del Decreto 257 y, específicamente, de la modificación al artículo 54, fracción I, inciso a), de la Constitución estatal relacionada con la integración de las listas de representación proporcional.

Queda pendiente discusión sobre acciones afirmativas

El asunto, sin embargo, todavía no concluye por completo. Los ministros también comenzaron a analizar la presunta omisión del Congreso de Quintana Roo de establecer medidas afirmativas para garantizar la participación político-electoral de grupos históricamente subrepresentados.

El proyecto sometido al Pleno contempla, entre otros sectores, a personas con discapacidad, jóvenes y personas de la comunidad LGBT+. La votación sobre este apartado quedó inconclusa y deberá continuar en una próxima sesión.

De esta manera, la Corte ya respaldó las modificaciones relacionadas con las listas de diputaciones plurinominales y descartó la obligación de consulta indígena para esta reforma, pero todavía deberá resolver el capítulo relacionado con las acciones afirmativas que reclama el partido promovente.

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