SCJN invalida prórroga de magistraturas en Quintana Roo y ordena ajustar reforma judicial
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SCJN invalida prórroga de magistraturas en Quintana Roo y ordena ajustar reforma judicial

Redacción / Grupo Cantón Radio

La resolución elimina disposiciones de la legislación estatal que no se ajustan al nuevo modelo constitucional del Poder Judicial; el Congreso de Quintana Roo deberá realizar modificaciones antes del proceso electoral judicial de 2028

Chetumal, Quintana Roo, 06 de julio de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas disposiciones de la reforma judicial de Quintana Roo, entre ellas la prórroga que permitía extender hasta 2033 el periodo de determinadas magistraturas del Poder Judicial del estado.

La resolución deriva de la acción de inconstitucionalidad 99/2025 y su acumulada 100/2025, promovidas contra diversas disposiciones del marco jurídico estatal en materia judicial.

Uno de los principales puntos analizados fue el cuarto párrafo del artículo Tercero Transitorio de la reforma constitucional local del 13 de enero de 2025, que contemplaba la ampliación hasta 2033 del periodo de magistraturas numerarias que no hubieran sido ratificadas y cuyos nombramientos concluyeran después de los procesos electorales judiciales de 2025 y 2027.

La Suprema Corte determinó que esta disposición debía ajustarse al régimen transitorio establecido en la Constitución federal para la renovación de los cargos del Poder Judicial mediante los procesos electorales correspondientes.

La sentencia no implica la separación inmediata de integrantes del Poder Judicial. Quienes se encuentren en los supuestos establecidos por las disposiciones invalidadas permanecerán temporalmente en funciones para garantizar la continuidad del servicio de impartición de justicia, hasta que asuman los cargos las personas electas conforme al calendario judicial aplicable.

La resolución también invalidó diversas facultades otorgadas al Pleno del Tribunal Superior de Justicia relacionadas con la definición de competencias de las salas, circuitos judiciales, cambios de adscripción de personas juzgadoras y duración de cargos, al considerar que algunas de estas atribuciones corresponden al Órgano de Administración Judicial.

Asimismo, quedaron sin efectos disposiciones relacionadas con la magistratura especializada en justicia para adolescentes, debido a que su esquema de designación y ratificación deberá ajustarse al nuevo modelo constitucional para la integración del Poder Judicial.

La SCJN también invalidó los mecanismos establecidos para designar las presidencias del Tribunal de Disciplina Judicial y del Órgano de Administración Judicial, al determinar que deberán armonizarse con las bases previstas en la Constitución federal.

Por otra parte, la Corte validó la disposición que permite al Pleno del Tribunal Superior de Justicia solicitar modificaciones a la estructura de las salas.

También confirmó la constitucionalidad del procedimiento para elegir la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Quintana Roo mediante votación secreta entre las magistradas y magistrados que integran el Pleno.

Los efectos de la sentencia comenzarán una vez que los puntos resolutivos sean notificados al Congreso del Estado, que deberá realizar las adecuaciones necesarias al marco jurídico local.

Mientras se lleva a cabo el proceso de armonización legislativa, serán aplicables directamente las disposiciones establecidas en la Constitución federal.

La Suprema Corte exhortó al Congreso de Quintana Roo a realizar las reformas correspondientes para garantizar la continuidad y el adecuado funcionamiento del Poder Judicial estatal, así como la correcta implementación de los próximos procesos de renovación de cargos judiciales.

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